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Propuesto en el Congreso de EEUU una nueva definición de animales vacunos no aptos para el consumo humano

06/04/2004

Con la aparición del primer caso de EEB en EEUU, el Departamento de Agricultura decidió poner en marcha medidas para asegurar la confianza del consumidor. Una de ellas fue la de establecer que los animales vacunos caídos en la explotación no podían ser destinados al consumo humano. El congresista republicano Rehberg ha presentado una modificación a la actual Ley Federal de Inspección de Carnes para que se modifiquen las condiciones para que un animal sea considerado como no apto para consumo humano.

Considera que la actual definición es demasiado estricta, no suponiendo ninguna medida extra de seguridad para el consumidor y por el contrario, perjudicando los intereses económicos de los ganaderos. Actualmente, se considera que un animal que se ha roto una pata, es un animal caído en la explotación y por tanto, no puede ser destinado a la cadena alimentaria humana, a pesar de que a parte de la pata rota, el animal se encuentra en perfectas condiciones sanitarias.

El congresista propone una nueva definición para los animales caídos en la explotación como «aquellos que son incapaces de levantarse cuando están recostados o son incapaces de andar por cualquier razón, incluyendo condiciones metabólicas o desórdenes del sistema nervioso central, a no ser que la razón de esta incapacidad sea la fatiga, estrés, parálisis nerviosa, obesidad o uno o más miembros rotos, tendones o ligamentos dañados o juntas dislocadas.

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