La Comisión, siguiendo las directrices comunitarias de ir estableciendo progresivamente límites máximos de residuos (LMR) para todas las sustancias farmacológicas que se usan en animales de producción, acaba de establecer LMR para dos medicamentos (Reglamento 2145/2003). Para ello, el Comité de medicamentos veterinarios ha examinado toda la información sobre la inocuidad de los residuos de dichas sustancias para el consumidor y ha dado un dictamen favorable.
Se trata del agente antiparasitario imidocarb, del grupo de los carbanilidos, utilizado en ovinos. El residuo marcador es el imidocarb. El otro es el antibiótico cefquinoma, del grupo de las cefalosporinas, utilizado en équidos. El residuo marcador es la cefquinoma. En ambos casos se han establecido diferentes LMR según el tejido diana.
Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.