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La Comisión apoya las normas de protección de los animales durante el transporte del Consejo de la Convención Europea

31/10/2003

El Consejo de la Convención Europea sobre la Protección de los Animales fija las condiciones generales para el transporte de los animales. Se ha propuesto una actualización de las vigentes, las cuales fueron adoptadas en 1968. La Comisión Europea ha decidido que la UE apoye estas normas revisadas de la Convención, las cuales están en una línea semejante a la reciente propuesta de la Comisión en relación a la mejora del bienestar de los animales durante el transporte. Se tiende a que se restrinja el movimiento de animales vivos fomentando que el sacrifico se produzca en el lugar de origen.

Tanto los textos de la Convención como de la Comisión, se busca identificar todos los elementos que están involucrados en la cadena y definir quién es el responsable de cada acción. Además, ambos textos están dirigidos a introducir normas más estrictas en los viajes largos. Según la Convención, debería haber un plan de ruta para cualquier viaje de más de 8 horas y en éste se debería indicar cuando y donde los animales van a ser descargados y dispuestos para descansar. En la propuesta de la Comisión, el intervalo de viaje continuado establecido es de 9 horas, período que iría seguido de un descanso de los animales dentro del vehículo de 12 horas para después seguir otras 9 horas de viaje.

La Convención de 1968 fue firmada por la UE, Chipre, República Checa, Islandia, Noruega, Rumania, Rusia, Suiza y Turquía. En 1995, las partes contratantes en la Convención decidieron que había que actualizar las normas a la luz de los nuevos avances científicos y la experiencia práctica. En octubre de 2001, el Consejo de Ministros de la UE dio a la Comisión mandato para que negociara la revisión de la Convención. Estas negociaciones se cerraron en junio de 2002.

Los Estados miembro tendrán que firmar y ratificar la Convención en paralelo con la UE. El objetivo de la UE de firmar la Convención es acelerar este proceso en los Estados miembro.

Para que la Convención entre en vigor es necesario que sea ratificada por, al menos, cuatro países. La UE cuenta como uno, en este caso. La fecha exacta de entrada en vigor será de seis meses después de la fecha que el cuarto país oficialmente notifique su ratificación del Consejo. El texto revisado se abrirá para la firma en Chisinau (Moldavia), el 6 de noviembre de 2003 en la 113 sesión del Comité de Ministros del Consejo de Europa.

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