La Agencia Alimentaria de Estados Unidos (Food and Drug Administration; FDA) ha determinado que los fabricantes de alimentos deberán determinar en el etiquetado de los productos el contenido de grasas trans a lo más tardar el 1 de enero de 2006. Esta regulación es de gran importancia para los fabricantes de determinados productos, que deberán bien suprimir la utilización de estas grasas o bien indicar su contenido.
Las grasas trans son las derivadas de hidrogenar, total o parcialmente, grasas vegetales para solidificarlas. Se trata del proceso normal para la fabricación de margarinas y grasas emulsionables. Las grasas sólidas al estar más saturadas quedan protegidas de la oxidación y duran más. Son alimentos con grasas trans las margarinas vegetales y todos los alimentos que las contengan (bollería, galletas etc..), así como todo tipo de aceites hidrogenados para diversos usos y los productos que los contengan o que se frían con ellos.
La preocupación por este tipo de grasas, ha aumentado últimamente debido a una serie de estudios médicos que relacionan este tipo de grasas con la incidencia de enfermedades cardiovasculares.
En la UE no existe por el momento regulación alguna de carácter general sobre el etiquetado obligatorio de grasas trans. Solamente en Dinamarca existe desde hace poco tiempo una disposición que prohíbe la comercialización de alimentos con más de un 2% de grasas trans.
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