Un panel (tribunal comercial) de la organización Mundial del Comercio (OMC) ha rechazado la apelación de México y ratificado su dictamen del pasado mes de septiembre en relación con el contencioso de EEUU contra México, en el que se condenaban las medidas de este país que gravan la utilización de isoglucosa en las bebidas refrescantes.
México estableció en 2002 este impuesto del 20%. Con anterioridad a esta medida, la OMC ya había dictaminado en contra de un arancel existente con anterioridad, también del 20%, a las importaciones de isoglucosa, que tenía un efecto equivalente.
El conflicto del azúcar y la isoglucosa entre EEUU y México lleva ya más de 10 años enrareciendo las relaciones comerciales entre ambos países. México es un país exportador de azúcar, mientras que apenas produce isoglucosa, un producto edulcorante producido con maíz que se importa de EEUU y se emplea sobre todo en las bebidas refrescantes.
El problema se deriva de una negociación desequilibrada dentro del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN o NAFTA) por que EEUU puede exportar isoglucosa a México sin límite, pero México no puede exportar azúcar a EEUU más que dentro de un contingente limitado.
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