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Las indemnizaciones por la couza de la patata en Galicia oscilan entre 30 y 70 céntimos/kg

27/04/2017

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó ayer la orden de la Consellería de Medio Rural de la Xunta por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de indemnizaciones en materia de sanidad vegetal y se convocan para el año 2017. Las compensaciones son por destrucción de vegetales debido a la presencia de plagas de cuarentena, en concreto por la aparición de focos del hongo Fusarium circinatum, causante del chancro resinoso del pino, y por la detección de Tecia solanivora (couza guatemalteca de la patata) en el norte de las provincias de A Coruña y Lugo.

La Xunta destina un presupuesto inicial de cerca de 250.000 euros para esta finalidad, que podrán incrementarse con fondos adicionales. En la orden se establece el baremo de indemnizaciones que, en el caso de la couza de la patata, oscilan entre los 0,30 euros/kilo (para el tubérculo de consumo producido en la explotación) y los 0,70 euros/kilo para la patata de semilla. En el caso de las plantaciones establecidas en zonas plagadas, se fija una indemnización de 0,40 euros por metro cuadrado de superficie plantada.

La orden también determina un baremo para los almacenes comercializadores. En este caso es el precio de compra, debidamente justificado mediante factura de venta del proveedor de patata de semilla o, para tubérculo de consumo, el precio de adquisición por parte de los mayoristas, que lo acreditarán mediante la factura de compra.

Para el hongo causante del chancro del pino se concreta también un baremo de subvenciones, que oscilan entre los 0,108 y los 0,144 euros/planta, en función del número de ejemplares que se van a compensar. El plazo para la presentación de solicitudes y, si es el caso, de la correspondiente documentación, contará a partir de mañana, día siguiente a la publicación de la orden en el DOG, hasta el 30 de septiembre de 2017.

Podrán ser beneficiarios de estas indemnizaciones los titulares de planta destinada la plantaciones forestales de pino que fuera destruida como consecuencia de la detección de un foco del hongo Fusarium circinatum. También, los dueños de semilla certificada de tubérculos de patata destruida en aplicación de las medidas de erradicación de la couza guatemalteca, así como de las patatas de consumo producidas en zonas plagadas y destruidas por esta misma causa y de las plantaciones de tubérculos desenterrados e igualmente eliminados.

En la orden se establece que la entrega de patata a los servicios oficiales se realizará mediante sacos originales (siempre que no fueran abiertos) o en los sacos entregados por Medio Rural. Se emitirá certificado de la cantidad de tubérculo entregado, y posteriormente destruido, según lo cuál se realizará el cálculo del importe de la indemnización.

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