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Los jóvenes que iniciaron la actividad en el año 2017, no tienen derecho a los préstamos de sequía en Extremadura

13/03/2018

El Decreto 2/2018 de 10 de enero que regula los préstamos a las explotaciones agrarias para paliar los efectos de la sequía en Extremadura en el año 2017, establece en su artículo 3.1 que para ser beneficiario de estos préstamos, el titular debe tener la condición de Agricultor a Título Principal o tener la explotación reconocida la condición de prioritaria al 31 de diciembre de 2017.

Ningún joven agricultor que se haya instalado en una explotación agraria en el año 2017 tiene reconocida por la Consejería de Medio Ambiente la calificación de ATP o de explotación Prioritaria, ya que al no tener realizada aún la declaración del IRPF del año 2017 (se realiza en Junio de 2018), no consta en los  registros de la Junta de Extremadura esta condición.

Todos los Jóvenes que se han instalado en una explotación en el año 2.017, tienen el compromiso de instalarse en una explotación prioritaria ya que si no es así no tendrían derecho a la ayuda, bastaba haber añadido en el Decreto que los beneficiarios de los préstamos serían los ATP, las explotaciones prioritarias y los jóvenes agricultores instalados en una explotación prioritaria para que estos últimos tuviesen el derecho a los préstamos.

No parce que sea una buena política discriminar a los que inician la actividad, un agricultor que ha iniciado la actividad en el año 2017 ha padecido la sequia como los ya instalados anteriormente, pero los nuevos tiene  además las desventajas que han tenido que realizar inversiones, tiene que haberlas pagado y está a la espera de las ayudas de la Junta de Extremadura.

La Unión Extremadura exige a la Consejera de Medio Ambiente que amplíe los beneficiarios de estas ayudas a los jóvenes instalados en el año 2017, ya que entendemos que  tenemos que ayudar en todo lo posible a los que inician la actividad en un sector tan envejecido como el agrario.

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