La Administración española considera que todo lo relacionado con SANDACH está supeditado a la aplicación de la normativa de residuos, “pero la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del pasado 23 de mayo de 2019, permite defender con rigor jurídico, que la legislación SANDACH es de aplicación sobre la de residuos, ya que esta jurisprudencia europea reconoce en la normativa SANDACH un componente sólido de prevención de riesgos en cuestión medioambiental y los envíos de SANDACH están exentos de las obligaciones de la normativa de traslado de residuos, a excepción de subproductos animales o productos derivados mezclados o contaminados con cualquiera de los residuos clasificados como peligrosos”, argumenta Christian Morron, secretario ejecutivo de ANAGRASA.

No solo la sentencia del Tribunal de Luxemburgo refuerza la tesis del sector, de que la aplicación de la normativa SANDACH es preeminente frente a la de residuos para que se revise la situación actual por parte del Ministerio para la Transición Ecológica, sino también el objetivo prioritario de transformar los SANDACH para alimentación animal frente a otras a alternativas de eliminación como la hidrólisis e incineración en explotación ganaderas, que se dan sobre todo en Castilla- La Mancha y Aragón, además de la adaptación de la definición de economía circular a los SANDACH.
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