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COAG: No pueden seguir recibiendo la PAC, los que solo tienen estos ingresos agrarios

30/09/2019

En el transcurso de la reunión celebrada esta mañana en la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural para analizar la orientación de la nueva PAC post 2020, el Coordinador de COAG-Castilla y León, Aurelio Pérez, ha pedido recuperar el “Acuerdo sobre los requisitos que debe reunir el agricultor activo y la actividad agraria” firmado por la Consejería, cooperativas y organizaciones agrarias el 18 de noviembre de 2013.

Si bien en aquel momento la definición utilizada en los documentos de la Comisión Europea era la de “agricultor activo”, en la propuesta que actualmente se debate se utiliza la de “agricultor genuino”. A nuestro juicio, el calificativo que se le quiera poner es lo de menos, lo importante es adoptar una definición que reconozca y priorice las políticas agrarias a favor de los profesionales que realmente viven de su trabajo en sus explotaciones agrarias y/o ganaderas.

Recordemos que en el mencionado Acuerdo del 18 de noviembre de 2013, todos los agentes del sector manifestaron, entre otras cuestiones, que el ejercicio de la actividad agraria comporta el cumplimiento de determinadas obligaciones legales de naturaleza tributaria, laboral y con la Seguridad Social, y por lo tanto:

  • no se pueden seguir manteniendo como beneficiarios de ayudas PAC a aquellos cuyos únicos ingresos agrarios son precisamente los pagos directos.
  • Que en un futuro no se concedan pagos a aquellos agricultores y ganaderos que no acrediten un nivel de ingresos procedentes de la actividad agraria por la producción y cría de productos agrícolas y/o ganaderos en una cuantía al menos idéntica al importe que les corresponda en concepto de pagos directos.
  • Que en lo que se refiere a los requisitos legales relacionados con el ejercicio de la actividad agraria, se debe exigir el cumplimiento de la normativa básica estatal en materia tanto fiscal como de Seguridad Social que corresponda.

Con una definición de “agricultor genuino” que recoja estos principios se estaría apostando por el modelo social y profesional de agricultura, mayoritario en Castilla y León, y que resulta fundamental para mantener las rentas de los profesionales y, en consecuencia, la actividad, la riqueza y la población del medio rural.

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