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Galicia define los productos artesanos

30/09/2019

La Xunta de Galicia ha aprobado un nuevo Decreto de artesanía alimentaria que impulsará el sector agroalimentario con un doble objetivo: reconocer y fomentar los valores económicos, sociales y culturales de la artesanía alimentaria; y preservar y estimular el tejido empresarial artesanal gallego en el ámbito alimentario.

La nueva norma marcará las condiciones técnicas específicas para que los productos alimentarios se elaboren de manera artesanal. Es decir, siguiendo la práctica del buen hacer artesano, que se definirá a nivel técnico para cada tipo de producto.

Entre otras condiciones destacarán, también:

  • Estar acogido a una Denominación de Origen o Indicación Geográfica Protegida, en caso de que entre en su ámbito de protección;
  • Emplear materias primas seleccionadas;
  • Abrir la posibilidad del uso de medios mecánicos en ciertas fases de la elaboración, para garantizar la seguridad alimentaria, la mejora de la calidad o unas condiciones laborales óptimas;
  • No emplear en ningún caso potenciadores de sabor, colorantes o saborizantes artificiales, ni grasas hidrogenadas artificialmente o grasas procedentes de la palma o el coco.

Asimismo, no podrán usarse productos semielaborados, salvo en casos acotados por la norma técnica correspondiente, y no se permitirán reetiquetajes ni que participen en el circuito de elaboración razones sociales que no sean las de la empresa artesanal que elabora el producto.

El Decreto regulará además el registro en el que deberán estar inscritas todas las empresas artesanales alimentarias, que dependerá de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Agacal).

Para que una empresa sea considerada artesanal deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Los procesos de elaboración, por norma general, deberán ser manuales;
  • La dirección y la responsabilidad del proceso de producción deberá ser de una o varias personas artesanas alimentarias; y
  • Los volúmenes de producción serán limitados.

La norma distinguirá 16 grupos de producción, entre los que están los productos lácteos, cárnicos, de la pesca y acuicultura, vinos, licores, sidra, cerveza y productos de panadería y confitería, entre otros. Después de explicar que cada una de estas actividades estará sujeta la una norma técnica específica, el titular del Gobierno gallego aseveró que la Xunta ya está trabajando en ellas.

Además del sello genérico de Artesanía Alimentaria, habrá otras dos tipologías específicas para distinguir los productos artesanales: una de ellas para los productos artesanales caseros o de la casa y otra para los productos artesanos de montaña.

De este modo, los productos caseros o de la casa serán aquellos obtenidos por empresas artesanales alimentarias que utilicen como base fundamental las materias primas procedentes de una explotación agraria a la que esté ligada la empresa artesanal. Y los productos artesanos de montaña serán aquellos elaborados por empresas artesanales alimentarias radicadas en las zonas que el reglamento europeo considera de montaña.

El Decreto, que entrará en vigor seis meses después de ser publicado en el DOG, regulará también la creación del Consejo Gallego de la Artesanía Alimentaria. Un órgano que estará formado por representantes de diferentes Consellerías, con alguna implicación en este sector, y por representantes de las organizaciones agrarias y pesqueras, las cooperativas, los consejos reguladores y las asociaciones de artesanas y artesanos.

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