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Transporte: Se prohíbe que el conductor haga carga y descarga y se ampliará a 44 t la MMA

03/03/2022

Ayer se publicó en el BOE, el  Real Decreto-Ley 3/2022 de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera. Las principales novedades son las siguientes:

Prohibición de carga y descarga

Se prohíbe por ley que el conductor realice las operaciones de carga y descarga de las mercancías, tanto en el origen como en el destino, del servicio del transporte, salvo determinadas especialidades como es el transporte de mudanzas, vehículos cisterna, portavehículos, vehículos grúas, paquetería y repartos de carga fraccionada a los puntos de venta. Se ha quitado de las excepciones el transporte de animales vivos.

Las labores de carga y descarga tendrá que realizarlas, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que antes se haya pactado por escrito que corresponden al porteador contra el pago de un suplemento respecto del precio del transporte. En ausencia de formalización por escrito de dicho pacto, se presumirá no acordado.

Foto: Fenadismer

En el caso de que se pacte la carga y/o descarga, el transportista recibirá una remuneración diferenciada a la del porte, que deberá venir además desglosada en la factura. Dicha regulación entrará en vigor en 6 meses para permitir que los titulares de los centros de carga y descarga puedan contratar y formar al personal a cargo. El incumplimiento de dicha prohibición será sancionado como infracción muy grave con multas de 4600 a 6000 euros.

Obligatoriedad de actualizar las tarifas del transporte a la variación del precio del gasóleo

Se establece la obligatoriedad, sin posibilidad de pacto en contrario, de actualizar las tarifas de transporte que los transportistas perciben de sus clientes a las variaciones del precio del gasóleo, lo que se aplicará a todos los contratos continuados de transporte, ya sean escritos como verbales,  aplicando para ello la fórmula prevista en la vigente Orden Ministerial de condiciones de contratación, esto es, un 30% del porcentaje de subida del gasóleo para los camiones de mayor tamaño ( de más de 20 toneladas de MMA), un 20% para los camiones medianos (entre 3´5 y 20 toneladas) así como para los camiones de obras y un 10% para los camiones de hasta 3.5 toneladas.

A fin de poder repercutir la fuerte subida del gasóleo habida los últimos meses, el Decreto Ley incluye una Disposición Adicional que contempla la obligación de aplicar la citada fórmula teniendo en cuenta la subida del gasóleo en los últimos 12 meses. En el caso de los transportistas que tuvieran un contrato escrito con su cliente en la que ya incluyeran una fórmula de revisión diferente, dispondrán de un plazo de 6 meses para adaptarlo a la nueva regulación.

Tiempos de espera en los centros de carga y descarga

 Se reduce por ley a sólo 1 hora el plazo máximo establecido de espera de los camiones en los centros de carga y descarga para que se realicen dichas tareas, transcurrido el cual el transportista tendrá derecho a exigir a su cliente una indemnización por paralización.

Tamaños y pesos

Se establece que antes de diciembre próximo ( plazo de 9 meses a contar desde ayer) se tendrá que modificar el anexo IX del Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) con los siguientes cambios:

  • Simplificar el uso y autorización de los conjuntos Euro modulares (incluyendo los Eco Combi o Duo Tráiler).
  • Ampliar la altura máxima permitida a 4,5 metros para los transportes de paja, de animales vivos y de suministro de proveedores a industrias en distancias inferiores a 50 kilómetros.
  • Aumentar los ámbitos en los que se pueden utilizar las 44 toneladas para el transporte de mercancías por carretera, mediante el establecimiento de un calendario progresivo de implantación, con la participación del Comité Nacional del Transporte por Carretera, de acuerdo con las características del parque de vehículos y las masas técnicas máximas admisibles de sus ejes.

Control de las empresas de transporte extranjeras que trabajan en España

 Se traspone en la legislación laboral española la Directiva europea de conductores desplazados, lo que permitirá controlar de forma efectiva la competencia desleal de las empresas extranjeras de transporte que trabajan en España (empresas buzón), ya que previamente a la realización de cualquier servicio de transporte internacional o de cabotaje con origen o destino a nuestro país deberán comunicarlo previamente por vía telemática y además cumplir las condiciones salariales existentes en nuestros convenios colectivos.

Comentarios de nuestros lectores:

  1. Jose Maria dice

    03/03/2022 a las 09:32

    Que bajen el gasoil y dejen de enredar!!

    Responder
    • Silvano dice

      04/03/2022 a las 13:05

      Que dejan el gasoil al precio que les de la gana y que paguen el transporte en su debido precio ya que si bajan el gasoil bajaremos los precios del transporte como siempre parecemos tontos esto es lo de siempre nos manifestamos por mierda de otros países pero no hacemos nada por el nuestro y seguimos exponiendo todo camion cargar descargar guardia de seguridad para la mercancía que paguen mo que valga el transporte y se dejen de tonterías ya un cordial saludo

      Responder
  2. Francisco dice

    03/03/2022 a las 22:25

    Es una tomadura de pelo. Si un porte antes costaba 500 ahora te dicen 450 y 50 por cargar o descargar. Con la consiguiente responsabilidad sobre una posible rotura o daño a una mercancía que sólo debes de transportar.
    El transportista no forma parte de la estructura laboral de la empresa cargadora o destinataria. No puedo cambiar una rueda por si me accidentó y si puedo utilizar una máquina sin formación.

    Responder
  3. Antonio dice

    04/03/2022 a las 06:11

    No estoy de acuerdo en varias medidas, pero lo que más me llama la atención es la cagada tan grande con respecto a la subida permitida en las diferentes toneladas, de carga de un camión, que pasa?? Que el que tiene un camión pequeño va a pagar el gasoil y las ruedas más baratas?? Y por ese motivo sólo puede repercutir un 10% ,
    Tenemos legisladores que no valen para hacer estos estudios y aplicar leyes,

    Responder
  4. Chiquitin dice

    04/03/2022 a las 07:26

    Buenos días compañeros nos toman por tontos suben el gasoil el Iva los Ios puestos las toneladas 44, ahora quieren que descarguemos o carguemos gratis, y que sea encima lejal y se quejan de que no hay conductores,, solo falta bajarnos los pantalones, cooperativas una ruina igua que este gobierno,, un saludo a todos

    Responder
  5. Miki dice

    04/03/2022 a las 11:36

    Haber cuando hacen cursillos para ministros y presidentes de gobierno aquí cada vez peor.

    Responder
  6. German dice

    04/03/2022 a las 15:24

    Esto es tapar un agujero y abrir otro es una vergüenza lo qe cobramos por el transporte y no. Podemos pagar sueldos dignos los españoles y pequeñas empresas como la mía. El transporte sólo es para los Amazon y aliexpres we van descargando y cargando por la cara. Hay qe ser extranjero. Y no tienes problemas

    Responder
  7. Alberto dice

    04/03/2022 a las 17:50

    Lo q tienen q hacer es inspecciones a las empresas igual q nos hacen a nosotros la guardia civil y transportes y cuando estemos en una fábrica más de una hora poder llamar anónimamente para que los sancionen
    Con precios y con todo. Q a nosotros nos acribillado diariamente con todo. Si no es así nunca tendremos respaldo y ayuda. La frase sino será… aquí no vuelves más

    Responder
  8. Rafael dice

    04/03/2022 a las 19:31

    Si siguen haciendo las leyes gentuza que no saben de transportes asi nos ira.

    Responder
  9. Miguel dice

    04/03/2022 a las 21:14

    Eso es lo que tenemos que hacer los conductores cuando nuestras empresas nos digan que tenemos que descargar o cargar sin ninguna retribución .
    Pues denunciarlo y que pasen a comprobar el tema y verás como cambia el tema.
    Ya está bien .
    Por cierto veo al colectivo de trabajadores «conductores». Muy calladitos no se habla de una buena paralización en la que reclamemos nuestros derechos . No os parece?

    Responder
    • Rufino dice

      04/03/2022 a las 22:08

      Como puede ser una nómina de un conductor profesional de 1.200 euros en el mejor de los casos, y con infinidad de retribuciones llegar hasta 1.600,.Nadie se da cuenta o es que ya los hemos mal acostumbrado. Es para coger una depresión lo valorado que estamos, esto traerá consecuencias y las que lleva consigo ya. Estoy seguro que cualquier asalariado mira siempre por hacer su trabajo, por el bien de la empresa. Tomen nota señores empresarios,y pongan en valor nuestro compromiso..

      Responder
  10. Vicente dice

    05/03/2022 a las 10:01

    Mientras no haya inspecciones y sanciones nos quedamos como siempre en la teoría y bla bla bla. Oferta y demanda. El que pueda que aguante apenas para un sueldacejo igual de chófer que de autónomo y el que no al paro. Así de triste

    Responder
  11. Vicente dice

    05/03/2022 a las 10:12

    La gran pregunta es: hasta cuando estamos dispuestos a aguantar y parar todos una semana sin piquetes ni follones para que los gobiernos tomen conciencia? Incluso creo que se estenderia el conflicto por Europa

    Responder
  12. Luis dice

    06/03/2022 a las 05:42

    Ja ja ja otro engaño y seguimos

    Responder

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