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Está aquí: Home / Agricultura / Insumos agrícolas / Todo lo que necesita saber sobre la nueva ayuda a los fertilizantes

           

Todo lo que necesita saber sobre la nueva ayuda a los fertilizantes

16/01/2023

El Fondo Español de Garantía Agrario (FEGA) ha elaborado un documento de preguntas y respuestas para aclarar dudas sobre la nueva ayuda de Estado a los fertilizantes:

  • ¿Qué debo hacer para percibir esta ayuda? ¿Es necesario solicitarla?

No está prevista la presentación de una solicitud para beneficiarse de estas ayudas. El FEGA establecerá de oficio el listado de los agricultores beneficiarios y la cuantía de la ayuda a percibir por cada uno de ellos. Toda la tramitación y publicación será on line (https://www.sede.fega.gob.es). El beneficiario o su representante tendrá que disponer de un certificado digital válido.

  • ¿Qué requisitos debo cumplir para beneficiarme de esta ayuda?

Para poder beneficiarse de estas ayudas se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser agricultor que haya presentado la solicitud única de ayudas de la PAC para la campaña 2022 y que tenga derecho al cobro de, al menos, una ayuda directa por superficie. Se entienden por ayudas directas por superficie:
o el pago básico,
o el régimen de pequeños agricultores,
o el pago verde,
o el pago para jóvenes agricultores,
o las ayudas acopladas ligadas a superficies de cultivo y el pago específico por cultivo de algodón.

Esto implica que quedarían excluidos de esta ayuda de fertilizantes aquellos titulares de explotación que no cumplan los requisitos para percibir los pagos directos en la campaña 2022 (requisitos como, por ejemplo, respetar el plazo de presentación de la solicitud única, la condición de agricultor activo, alcanzar la cuantía mínima de pago directos de 300 €, cumplir los requisitos de subvencionabilidad, etc.).

b) Contar con superficies de cultivos permanentes y/o tierras de cultivo elegibles para el cobro de al menos una ayuda directa por superficie.

c) Encontrarse al día con sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

d) Alcanzar la cuantía mínima de 200 € para esta ayuda a los fertilizantes.

En el caso de Canarias, no será de aplicación el requisito recogido en el apartado a), y en su lugar, deberán ser titulares de explotación que figuren en el Registro de Explotaciones Agrícolas (REGEPA) a 31 de mayo de 2022.

  • ¿Qué superficies se van a beneficiar de estas ayudas?

Los usos del suelo que se van a beneficiar de estas ayudas son superficies de tierras de cultivo, excepto pastos temporales y barbechos, así como los cultivos permanentes. Por tanto, no se beneficiarán de estas ayudas los pastos permanentes, ni los temporales ni los barbechos, ni las superficies no agrarias que se hayan declarado en la solicitud única.

Las superficies objeto de la ayuda serán las determinadas por la autoridad competente para el cobro de las ayudas directas por superficie de la campaña 2022, una vez realizados los controles de subvencionabilidad. Por tanto, la superficie por la que se va a conceder la ayuda a los fertilizantes puede ser igual o menor que la solicitada.

En el caso de las explotaciones de las Islas Canarias, las superficies objeto de ayuda serán las superficies de cultivos permanentes y de tierras de cultivo (excluyendo barbechos y pastos temporales) que figuren en el REGEPA a 31 de mayo de 2022.

  • ¿Qué importes de ayuda se van a recibir?

Se incluyen dos importes unitarios máximos, diferenciados en función del sistema de explotación, sin distinción entre tierras de cultivo (TC) y cultivos permanentes (CP):
– 22 euros por hectárea de secano
– 55 euros por hectárea de regadío.

El FEGA calculará los importes unitarios definitivos en función de la superficie que se puede acoger a esta ayuda. No obstante, debe tenerse en cuenta lo siguiente:

– Umbral mínimo de pagos de 200 euros: si el importe calculado conforme al párrafo anterior es inferior a 200 euros, el beneficiario no podrá beneficiarse de esta ayuda.
– Límite de superficie de 300 hectáreas: si la superficie subvencionable de una explotación supera este límite, solo las primeras 300 ha se beneficiarán de la ayuda. Si la explotación dispone de superficie de regadío y de secano, se priorizará la concesión de la ayuda sobre la superficie de regadío.

  • ¿En base a qué criterio se va a discriminar entre superficie de secano y de regadío?

El criterio a utilizar será el sistema de explotación declarado por el agricultor para cada parcela de tierra de cultivo y cultivo permanente en la solicitud única de la campaña 2022.

  • ¿Cómo puede un agricultor conocer si va a ser beneficiario de estas ayudas y el importe que le corresponde?

El FEGA publicará en su sede electrónica del FEGA (https://www.sede.fega.gob.es) una resolución con el listado provisional de beneficiarios de esta ayuda, indicando para cada uno de ellos la superficie subvencionable de secano y de regadío, y el importe de la ayuda.

Si el beneficiario está de acuerdo con los datos que aparezcan en esta resolución no deberá hacer nada. En caso contrario, deberá presentar una alegación en el plazo máximo de 10 días hábiles tras la publicación de la resolución, a través de la sede electrónica del FEGA.

  • ¿Cuándo se van a publicar los beneficiarios de estas ayudas y los importes que les corresponden?

Está previsto que la publicación de la resolución se realice antes de que finalice el primer trimestre de 2023.

  • ¿Cuándo se van a cobrar estas ayudas?

Para aquellos beneficiarios que no hayan alegado a dicha resolución y que se encuentren al día con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se publicará una primera resolución estimatoria y se efectuará el pago correspondiente antes de que finalice el segundo trimestre de 2023.

Para aquellos agricultores que sí hayan alegado a la citada resolución o que deban subsanar alguna incidencia respecto de sus obligaciones tributarias y/o con la seguridad social, se deberán efectuar los trámites pertinentes, previéndose el pago de los beneficiarios que resulten elegibles con posterioridad al segundo trimestre de 2023, y en todo caso dentro del año 2023.

  • ¿Qué sucede si no aparezco en la lista de beneficiarios de la resolución provisional o no estoy de acuerdo con los datos reflejados en la misma?

El FEGA recomienda verificar que se cumple con los requisitos necesarios, incluyendo el importe mínimo para percibir la ayuda de 200 €. Si es así y no aparece en el listado de la resolución, dispone de 10 días hábiles desde la publicación de dicha resolución para alegar a la misma.

  • ¿Qué sucede si no deseo ser beneficiario de esta ayuda o si ya no cumplo los requisitos para percibirla?

El posible beneficiario dispone de 10 días hábiles desde la publicación de la resolución para rechazar la ayuda.

  • ¿Qué sucede si se detecta que un beneficiario no está al corriente de la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria o unidades análogas de los territorios forales?

Antes del pago, se realizará un cruce entre los datos de los potenciales beneficiaros y los datos de la SS y la Agencia Tributaria. Los beneficiarios podrán oponerse a esta consulta de los datos, oposición que tendrá el mismo efecto que la renuncia a la ayuda.

Una vez realizado este cruce, se publicará una resolución con la relación de los beneficiarios que no están al corriente y deben subsanar, indicando en dicha resolución el procedimiento y los plazos para subsanar. Una vez finalizado el plazo, se publicará una nueva resolución con aquellos que han subsanado satisfactoriamente, para proceder al pago de las ayudas, y con aquellos que, por no haber subsanado, quedan excluidos de estas ayudas.

Comentarios de nuestros lectores:

  1. Hipocresía y cinismo por doquier dice

    16/01/2023 a las 08:19

    Otra sátira más al campo y los k producimos, tirados a los pies de los caballos de la tiranía funcionarial y política (tu si, tu no…), k a su vez sigue complicando nuestra labor, haciéndola más odiosa de lo k ya es, con más intervencion todavía y, con limosnas miserables como la pac, k no cubren ni una décima parte de los costes de produccion.
    K SE DEJEN DE INTERVENIR, K ESTO YA ES VERGONZOSO!!!
    k nos paguen lo k de verdad valen nuestros productos y se metan la pac y las limosnas donde les kepan!!! Y k se dejen de burocracia y de abusar en los impuestos de los insumos!!! Hipocritas!!!

    Responder
    • J dice

      16/01/2023 a las 18:03

      ¿Usted sabe lo que en realidad valen sus materias primas?

      Responder
      • Juan dice

        17/01/2023 a las 08:43

        Me imagino que usted si, una vez que lo ha podido comprobar con la subida de los precios en los huevos, el aceite de girasol, el pan, pasteleria,….. que cuando un agricultor o. un ganadero no produce,bien por lo ocurrido en Ucrania o bien por efectos climaticos (como lo ocurrido con el aceite de oliva) entonces todos, absolutamente todos sabemos cuanto valen esas materias primas.

        Responder
        • J dice

          18/01/2023 a las 23:37

          No encuentro la correspondencia entre su respuesta y mi pregunta lanzada exclusivamente al interesado afectado. Ahora bien, si usted conoce cuáles son sus materias primas y lo que realmente valen, le agradecería que me lo dijera. Saciaría mi curiosidad

          Responder
      • Cuando todo el mundo ha terminado de comer, le gusta echsrse la siesta dice

        17/01/2023 a las 09:15

        J, usted sabe cuanta gente hay en este país cobrando ayudas del estado? Pensionistas 11 millones, parados 4, funcionarios 5, políticos 500.000, extranjeros a patadas, ayudas y pagas no contributivas, 84.000€ el otro día para los pertes, automoción, renovables, electricidad, carreteras etc etc… USTED CREE K ES VIABLE DESTINAR EL 85% DE LO K SE RECAUDA A ESTPS MENESTERES?

        Responder
        • J dice

          18/01/2023 a las 21:50

          Creo que usted no sobe lo que son : «Ayudas del estado» ni «Ayudasde estado»

          Responder
      • Pepe dice

        19/02/2023 a las 10:24

        y usted ¿no?

        Responder
  2. Almanzor dice

    17/01/2023 a las 05:51

    El mercado libres, ya se de.ostro que es un rotundo fracaso.
    Criticar la intervención, y más cuando es un extra como este, es un auténtico despropósito.

    Responder
    • Intervención pac dice

      17/01/2023 a las 09:19

      A ke mercado libre se refiere? K todos sepamos, la pac es un modelo de intervención k hace k los precios de los productos bajen de precio

      Responder
      • Oscar dice

        19/01/2023 a las 16:30

        Pero que estupidez. Si no existiera intervención, no habría armonización de los mercados y las empresas se desvincularían de los costes de producción

        Responder
  3. Angel dice

    17/01/2023 a las 08:58

    Q se metan las propinas x el culo el dinero de la PAC q se la metan x el culo la subvención del gasóleo q se la metan x el culo y q me paguen mis productos a relación de las subidas de los costes de produccion

    Responder
  4. José dice

    17/01/2023 a las 14:31

    Antes de la pandemia los agriciltores estabamos en las carreteras con asaja …que habrá pasado para que en estos momentos no lo estemos….¿habrán untado bien a alguien?…..

    Responder
  5. Mamen dice

    17/01/2023 a las 20:38

    Y que pasa con los que ya estan juvilados, pero siguen trabajando sus tierras como antes, estan haciendo el mismo gasto, no ha canviado nada, cobran una miserable pensión, no cotizan, por lo demas es lo mismo

    Responder
  6. francisco dice

    21/02/2023 a las 19:51

    Alguien sabe pq las opfh se quedan fuera de la ayuda? No aparece en las bases

    Responder

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