La cría de aves de corral con fines de autoconsumo familiar en Cataluña está regulada por el Decreto 40/2014, de 25 de marzo, que establece las condiciones mínimas para la tenencia de gallinas ponedoras y pollos destinados a consumo propio. Esta actividad no está considerada como ganadera comercial, ya que no permite la venta de los productos, pero debe cumplir unos requisitos mínimos para garantizar la sanidad animal y la inocuidad alimentaria.
Límite de animales y registro obligatorio
La normativa permite tener:
- Un máximo de 30 gallinas ponedoras para consumo de huevos.
- Hasta 50 pollos para producción de carne.
Los animales deben adquirirse únicamente en establecimientos autorizados e inscritos en el REGA (Registro de Explotaciones Ganaderas). Asimismo, las explotaciones deben estar inscritas en dicho registro, y para ello se debe contar previamente con la autorización del ayuntamiento correspondiente.
¿Cómo se realiza el registro?
La inscripción se realiza a través de un trámite de comunicación previa, que puede hacerse de forma telemática mediante el sistema GTR o acudiendo a la oficina comarcal competente. No es necesario contar con autorización administrativa, ya que el autoconsumo no se considera actividad ganadera a efectos comerciales.
Bioseguridad e higiene obligatorias
Estas explotaciones deben aplicar medidas mínimas de bioseguridad e higiene para evitar la propagación de enfermedades, especialmente la influenza aviar. Entre las principales obligaciones se encuentran:
- Evitar el contacto con aves silvestres (como patos o cigüeñas).
- Proteger el alimento y el agua de las aves para que no sea accesible por fauna salvaje.
- Limpiar y desinfectar regularmente las instalaciones, bebederos y comederos.
- Gestionar adecuadamente los excrementos (gallinaza) y las bajas.
Régimen sancionador con carácter informativo
Aunque la Ley estatal 8/2003 de sanidad animal considera como infracción leve la falta de registro (con sanciones de entre 600 y 3.000 euros), en Cataluña no se aplica de forma automática una sanción.
Existe un protocolo interno que contempla que, cuando se detecta un incumplimiento en una explotación de autoconsumo, se realiza un aviso al responsable y se le concede un plazo para regularizar su situación, sin iniciar de entrada un expediente sancionador.
Más de 4.800 explotaciones registradas en Cataluña
Según los datos más recientes, Cataluña cuenta con 4.812 explotaciones activas con gallinas o pollos de autoconsumo registradas en el REGA:
- 3.467 tienen gallinas ponedoras.
- 1.342 tienen pollos de carne (algunas explotaciones tienen ambos tipos).
Además, hay registradas 176 explotaciones de pequeña capacidad, de las cuales 125 con gallinas ponedoras.
Cataluña, pionera en regulación
El marco normativo catalán de 2014 se adelantó al resto del Estado, que no incluyó el autoconsumo en su legislación hasta el Real Decreto 637/2021, donde se establecieron por primera vez requisitos comunes a nivel nacional.
Por tanto, Cataluña ya contaba con exigencias de inscripción, bioseguridad e higiene años antes, consolidándose como una referencia en la regulación del autoconsumo avícola.
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