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ANPBA solicita al Ministro español de Economía que, en el Consejo de Ministros de la UE, vote en contra de la subvención europea a los ganaderos de lidia

23/11/2005

Tras la aprobación por el Parlamento Europeo, el pasado 27 de octubre, de una enmienda al proyecto de Presupuesto de la Unión Europea para 2006, en la que se solicita la supresión de ayudas europeas destinadas a los toros de lidia, el presidente de la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA), Alfonso Chillerón, ha remitido un escrito en vía administrativa al Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes, solicitándole «que tenga a bien votar a favor de lo aprobado por el Parlamento Europeo, de modo que la ganadería de lidia deje de percibir subvenciones que no son lícitas ni moral ni jurídicamente».

Fundamientos jurídicos: el Tratado de Amsterdam

En su misiva, el presidente de ANPBA ha resaltado los fundamentos de derecho por los que tales subvenciones europeas no deberían estar concediéndose a unos ganaderos que crían a sus animales para ser martirizados y muertos en un espectáculo.

Así, el TRATADO DE AMSTERDAM, en su Protocolo anexo nº 33, titulado “Sobre la protección y el bienestar de los animales”, exige a las Altas Partes Contratantes que, “al formular y aplicar las políticas comunitarias en materia de agricultura, transporte, mercado interior e investigación, la Comunidad y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales”. (D.O.C.E.,10/11/1997, C 340/110).

Resulta evidente que cualquier toma de decisión emanada de los Consejos de Ministros de Agricultura y de Economía de los 25, que afecte a la Política Agraria Común (PAC), ha de regirse por este principio de tener ‘plenamente en cuenta’ el bienestar animal.

¿Vulneración del Tratado de Amsterdam?

La producción y comercialización de toros de lidia no cumple este requisito supremo sobre el bienestar animal, ya que los toros son criados para ser destinados al espectáculo taurino. (Orden de 12 de marzo de 1990 por la que se aprueba la Reglamentación Específica del Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia (B.O.E. nº 69, de 21-03-1990)

En el espectáculo taurino, en vez de no ser dañados física ni psicológicamente, y aturdidos previamente a su sacrificio, para garantizarles “bienestar” a la hora de su muerte, por el contrario, son sometidos a un tratamiento inhumano, torturados y martirizados mediante instrumentos de acero cortante y punzante (puya, banderillas) para provocar su furia y ataque, haciendo así posible la lidia, y son sacrificados (estoque y puntilla) sin aturdimiento. La puntilla fue prohibida en los mataderos por ser instrumento inadecuado. Los animales mueren asfixiados al haberles sido cortada la vida de relación, siendo conscientes de su propia muerte.

Valoración

El presidente de ANPBA, Alfonso Chillerón, ha dicho: «Es hora de que este espectáculo cruel y cruento deje de recibir subvenciones del erario público europeo, mayoritariamente contrario al mismo».

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