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El MAPA aplicará el artículo 69 a la parte del Pago Único que provenga de la remolacha

Remolacha y azúcar 10 Abr 2006 0

El Ministerio de Agricultura tiene intención de aplicar el artículo 69 a los importes de Pago Único que se generen por el cultivo de remolacha, deduciendo un 10% para atender ayudas relacionadas con la mejora de la calidad de la producción, según un borrador de proyecto de real decreto por el que se adapta al régimen de Pago Único la legislación correspondiente a la Reforma de la OCM del azúcar.

Según este borrador, las campañas de referencia para generar derechos e importe de Pago Único por la remolacha serán las 04/05 y 05/06, y para calcular el número de derechos se aplicará a las toneladas de remolacha tipo entregadas un rendimiento de 86 tn/ha en el regadío y de 60 tn/ha en el secano.

Asimismo, del importe de referencia, calculado dividiendo la cantidad de dinero asignada a España proporcionalmente a las entregas de cada agricultor, se deducirá un 10% en aplicación del artículo 69, que junto con el 90% del suplemento de ayuda que se dio en la Reforma de la OCM por la pérdida del precio derivado, irá a una ayuda para actividades que mejoren la calidad del cultivo. Esta medida irá probablemente relacionada con la producción integrada.

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