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El TJ da la razón a la Comisión sobre la eliminación de los olivos para evitar la propagación de X. fastidiosa

14/06/2016

El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha emitido una sentencia en relación con la normativa comunitaria que regula las medidas para evitar la introducción y propagación en la Unión Europea de Xylella fastidiosa en la que apoya la posición de la Comisión Europea.

El origen de la sentencia fue una consulta realizada por el Tribunal Administrativo Regional de Lazio, Italia, en relación con la obligación de llevar a cabo la eliminación inmediata de las plantas hospedadoras de la bacteria X. fastidiosa situadas en un radio de 100 metros alrededor de la planta infectada, cualquiera que sea su estado de salud, es decir, aunque se trate de plantas sanas (Artículo 6 de la Decisión 2015/789)

Según el Tribunal de Justicia la normativa está bajo los principios de proporcionalidad y de cautela, ya que considera que la medida es proporcional a la protección fitosanitaria de la Unión y se justifica por el principio de precaución.

La organización agraria italiana Coldiretti acusa a la Comisión Europea de ser como Poncio Pilato, porque se lava las manos en relación con la indemnización que debería pagarse a los productores de aceitunas que se han visto afectados por la bacteria, dejando la responsabilidad al gobierno de Italia y de Puglia.

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