• Agrodigital - La web del campo
  • Contáctanos
  • separador
  • Anúnciate con nosotros
  • ✉︎ NEWSLETTER
  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Remolacha y azúcar
    • Frutas y hortalizas
    • Insumos agrícolas
    • Vino
    • Olivar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • PAC España
    • Política agraria países terceros
    • OMC-Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • Voces del campo
    • Entrevistas
    • Opinión

El borrador de RD sobre aves necrófagas permite la alimentación fuera de los muladares

Vacuno 31 May 2011 0

Actualmente se encuentra en tramitación, un borrador de Real Decreto que regula la alimentación de determinadas especies de fauna silvestre con SANDACH. Dicho borrador ha recibido el informe favorable del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Este borrador recoge dos novedades fundamentales: la alimentación de especies diferentes de las aves necrófagas y la alimentación fuera de muladares, recogidas en los Reglamentos 1069/2009 y 142/2011.

De acuerdo con la propuesta de RD, la lista vigente de especies objetivo, se incrementaría con más aves, las falconiformes y estrigiformes del Anejo I de la Directiva 2009/147/CE y algunas especies de Carnivora del Anejo I de la Directiva
92/43/CEE (como lobos y osos).

Se establecería un sistema de autorización doble, tanto por parte de medio ambiente como de sanidad, introduciendo una serie de condiciones sanitarias y de conservación de especies.

Para la alimentación fuera de los muladares o comederos, las autoridades competentes de medio ambiente deberían limitar las zonas de protección (espacios Natura 2000 y territorios con planes de recuperación y conservación aprobados por las CCAA). Por su parte, las autoridades competentes de sanidad animal tendrían que identificar las explotaciones teniendo en cuenta que no fueran de aprovechamiento intensivo, la vigilancia de las EET, la calificación sanitaria en los Programas sanitarios, la estimación de la mortalidad, entre otros factores.

Deja un comentario Cancelar respuesta

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Te puede interesar:

ASAJA planta cara a la carne brasileña
Vacuno9 Jul 2026

ASAJA planta cara a la carne brasileña

De la plaza al caserío: una ley vasca para asegurar el relevo rural
Vacuno26 Jun 2026

De la plaza al caserío: una ley vasca para asegurar el relevo rural

De 3.250 cabezas exportadas a 13: el desplome del comercio exterior de bovino vivo en España mayo
Vacuno25 Jun 2026

De 3.250 cabezas exportadas a 13: el desplome del comercio exterior de bovino vivo en España mayo

Agrodigital
Contacto Anúnciate con nosotros

¿Quieres estar al día de todo lo que pasa en el campo?

Suscríbete a nuestra Newsletter

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2026 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario y obtener analítica web.AceptarRechazar