El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado la Circular 18/2026, que detalla el Plan Nacional de Controles Administrativos para las superficies declaradas en la Solicitud Única de la campaña 2026. Este documento, consensuado con las comunidades autónomas, busca armonizar los criterios de control para garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión Europea y la igualdad de trato entre los beneficiarios. El plan afecta a la Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad (ABRS), la ayuda redistributiva complementaria y la ayuda complementaria para jóvenes agricultores.

Procedimientos de control
Para la adaptación de las solicitudes tras los controles de monitorización o alertas, se fija el 31 de agosto como fecha límite[. Este mismo plazo rige para la retirada total o parcial de solicitudes de ayuda por parte de los agricultores. Las comunidades autónomas establecerán un sistema de alertas para informar a los beneficiarios sobre posibles incumplimientos detectados en los controles preliminares, permitiéndoles corregir errores y evitar sanciones.
La actividad agraria sobre las parcelas declaradas deberá acreditarse mediante producción, cría o cultivo, o mediante el mantenimiento de las superficies en estado adecuado. El plan refuerza la vigilancia sobre el abandono de tierras: las superficies que declaren exclusivamente actividades de mantenimiento durante más de cinco años consecutivos no se considerarán subvencionables. En el caso de los pastos, se exigirá coherencia entre la superficie y la dimensión de la explotación ganadera, pudiendo aplicarse una carga ganadera mínima de 0,20 UGM por hectárea.
El informe incorpora criterios específicos para la compatibilidad de infraestructuras energéticas. Las instalaciones como placas solares o aerogeneradores se consideran superficies improductivas, pero en el caso de proyectos agrivoltaicos, la totalidad de la parcela podrá seguir siendo elegible si se garantiza la compatibilidad con la actividad agraria y unos rendimientos similares. Para el cultivo de cáñamo, se exigirá la declaración de variedades, etiquetas oficiales y prueba de contrato con la industria transformadora.
Respecto al régimen de tenencia, el beneficiario debe indicar si la parcela es de su propiedad, arrendamiento o aparcería. En arrendamientos sobre recintos mayores a una hectárea, es obligatorio incluir el NIF del arrendador. La falta de esta información o del régimen de tenencia invalidará la superficie para el cobro de la ayuda.
Finalmente, las autoridades intensificarán la detección de la creación de condiciones artificiales para obtener ventajas injustificadas. Se realizará un estudio caso por caso de las situaciones de riesgo y, si se confirma fraude, se procederá a la recuperación de importes indebidos con carácter retroactivo. Además, todo el personal implicado en la gestión deberá firmar una declaración de ausencia de conflicto de intereses.






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